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El dictamen de la miscelánea fiscal aprobada por los diputados se turnó al Senado de la República para su discusión y eventual ratificación. Foto: Cortesía Cámara de Diputados

Miscelánea fiscal 2020: lo que debes conocer

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el viernes 18 de octubre el dictamen de la miscelánea fiscal 2020, elaborado por la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Este documento reforma las leyes de los impuestos Sobre la Renta (ISR), al Valor Agregado (IVA), y Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS), así como el Código Fiscal de la Federación.

La discusión inició a las 22:00 horas del jueves 17 de octubre, con la fundamentación a cargo de la diputada Patricia Terrazas Baca (PAN), presidenta de la Comisión de Hacienda y Crédito Público. También fundamentó los dictámenes que modifican la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos y la Ley Federal de Derechos.

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El dictamen se turnó al Senado de la República para su discusión y eventual ratificación.

Las modificaciones y disposiciones aprobadas más destacadas son:

Ley del ISR

Se realizaron modificaciones a los procedimientos para limitar la deducción de intereses, ampliando el plazo a 10 años y reconociendo los efectos de la inflación

Se eliminó la propuesta de cobrar el impuesto a quienes venden productos por catálogo, otorgando a su vez una facultad al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para que diseñe un esquema que les simplifique el pago de sus impuestos.

En relación a la economía digital, se modificaron diversos artículos para “facilitar el pago de impuestos” a quienes utilizan plataformas digitales a fin de ofertar sus bienes y servicios.

https://twitter.com/Mx_Diputados/status/1185731106542239744

Se amplió el plazo a partir del cual tendrán que cumplir con sus nuevas obligaciones. Se simplificó y disminuyó la retención del Impuesto sobre la Renta (ISR) cuando el usuario del servicio proporcione su RFC, posibilidad para que durante el ejercicio de 2020 puedan emitir comprobante simplificado.

La Ley del ISR se cambió para que el 100% de este impuesto causado por la enajenación de bienes inmuebles de personas físicas se destine a los estados y municipios, en vez del 5% que han recibido hasta ahora.

Ley del IVA

Los principales cambios abarcaron las disposiciones aplicables a la economía digital. Se eliminó la propuesta de considerar los servicios de publicidad y el almacenamiento de datos como servicios digitales.

Las propuestas de modificación a la Ley del IVA fueron para quitar la penalidad a las empresas de plataformas digitales de suspender sus páginas de internet en caso de omitir sus obligaciones fiscales, y para indicar que las plataformas digitales que ofrezcan sus servicios en México, pero con residencia en el extranjero, sólo deberán calcular mensualmente el IVA del 16% de las contraprestaciones cobradas y efectuar su pago mediante declaración electrónica.

Se planteó un cálculo simplificado del impuesto cuando no puedan identificar los servicios gravados de los exentos, así como la retención del ISR, la retención del 100% del IVA cuando no se proporcione el Registro Federal del Contribuyente (RFC) a la plataforma por parte de los prestadores de servicios o que concede el uso o goce temporal de bienes.

Respecto de las sanciones en economía digital, estas sólo podrán ser impuestas por un administrador general del SAT.

En el caso de subcontratación laboral, se establece que la retención del IVA sea del 6.0%, en lugar del 16%, como proponía el Ejecutivo federal.

Se estipula que los donativos recibidos por todas las donatarias autorizadas continúen siendo exentos del IVA.

Ley del IEPS

Las reservas de modificación a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) fueron para indicar que la actualización de este impuesto aplicado a tabaco, alcohol y alimentos con alto contenido calórico no sólo considerará la inflación, sino también su impacto en la salud de la población; también para señalar que la cuota aplicable a bebidas saborizadas se actualizará conforme al factor de actualización correspondiente al periodo de diciembre de 2017 a diciembre de 2019.

Código Fiscal de la Federación

En relación al Código Fiscal de la Federación, señaló, se otorga certidumbre jurídica a lo que coloquialmente se le identificó como cláusula general antiabuso.

Se incorporó un procedimiento para solventar la cancelación de certificados de sellos digitales mediante un plazo de gracia para desvirtuar o corregir irregularidades detectadas por las autoridades antes de proceder a su cancelación definitiva.

Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos

Terrazas Baca indicó que las reformas a la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos son para fortalecer a Petróleos Mexicanos (PEMEX) disminuyendo gradualmente el derecho por utilidad compartida, pasando del 65% a un 58% en 2020, y a partir de 2021 al 54 por ciento.

https://twitter.com/Mx_Diputados/status/1185587661404360707

Esto, con el objeto de liberar recursos para inversión, exploración y extracción, y aclarando que el pago provisional deberá presentarse a más tardar el 25 del mes inmediato siguiente.

Ley Federal de Derechos

En la Ley Federal de Derechos se sustituye el concepto de “tonelada bruta” por “unidad de arqueo bruto” y se establece que el 85% de derechos especial, adicional y extraordinario sobre minería se destinará a la educación pública.

https://twitter.com/Mx_Diputados/status/1185658125417766912

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